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DEFINICION: Si su meta principal no es eficiencia legal en el pago de impuestos sino sencillamente buscar a un costo mínimo la forma de proteger los haberes y proveer privacidad, una Compañía de Responsabilidad Limitada (“LLC”) de Nevis es lo ideal.

Las ventajas generales de una “LLC” son aumentadas por la ventaja jurisdiccional de Nevis, el primer centro financiero “offshore” del mundo en decretar una Ordenanza Limitada de Responsabilidad.


PRIVACIDAD EXCELENTE:

  • Ya que el beneficiario final y/o los gerentes no están registrados en ninguna parte, una “LLC” provee completo anonimato.
  • Nevis tiene leyes orientadas a la privacidad estricta y prohíbe cualquier registro, grabación, o divulgación de directores y accionistas de las compañías exentas de impuestos que se incorporen allí. Esto significa que ningún reporte anual u otros confeccionados por los miembros necesitan ser registrados en los registros públicos de Nevis, por lo tanto, hay anonimato completo y sus identidades no son accesibles a ningún tercero.
  • Los registros de la compañía pueden ser ubicados en cualquiera parte del mundo.

ASPECTOS EXCELENTES PARA PROTEGER LOS HABERES:

  • Una “LLC” de Nevis le permite proteger sus haberes y fondos de las agencias gubernamentales, acreedores, y demandas.
  • Como dueño, usted no está expuesto a responsabilidad personal.
  • Como dueño, usted puede participar en la administración sin llegar a ser personalmente responsable por las deudas de la compañía.
  • Una “LLC” de Nevis es particularmente ventajosa para el propósito de proteger los haberes, ya que no hay acciones que puedan ser incautadas por una ley de la corte.
  • Los miembros no son responsables por las obligaciones de la compañía.


OTROS BENEFICIOS DE LA “LLC”: Las “LLCs” proveen las siguientes ventajas adicionales:

  • La “LLC” provee un mecanismo por el cual los gerentes pueden limitar la autoridad de un miembro no gerencial.
  • Las “LLCs” no tienen limitación en el número de miembros.
  • No hay limitaciones sobre la propiedad de una “LLC”.
  • No hay impuesto corporativo, impuesto sobre la renta, impuesto de retención, impuesto de sello, impuesto sobre los bienes, controles de cambio u otras tarifas ni impuestos recaudados en Nevis sobre los haberes o ganancias originadas fuera de Nevis.
  • Los miembros de una “LLC” Nevis pueden ser individuos o entidades de negocios de cualquier nacionalidad o domicilio.
  • Las “LLCs” de Nevis pueden enmendar sus Artículos de Organización, fusionarse o consolidarse con otras “LLCs” domésticas o extranjeras, u otra entidad de negocio.
  • Los miembros de las “LLCs” de Nevis pueden asignar sus intereses a otras personas a menos que de lo contrario restringido.
  • Nevis permite un solo miembro en las “LLCs”.
  • La administración de las “LLCs” puede ser efectuada por los miembros o por los gerentes designados por los miembros.
  • La “LLC” de Nevis no encuentran limitaciones de valores o acciones y pueden emitir intereses preferenciales análogas a las acciones preferidas de las corporaciones.
  • La “LLC” de Nevis es un vehículo excelente si es usado por un grupo de inversionistas para una inversión de riesgo mutuo. En este respecto, ésto funciona como si fuera una Sociedad Limitada, con todos los aspectos adicionales y ventajas arriba mencionadas de una “LLC”, pero que la Sociedades Limitadas en la mayoría no tienen.
  • Limitada, con todos los aspectos adicionales y ventajas arriba mencionadas de una “LLC”, pero que la Sociedades Limitadas en la mayoría no tienen. Una “LLC” de Nevis puede ser establecida en 24 horas y tiene un costo módico inicial y tarifas anuales bajas.

ENTENDIMIENTO MÁS PROFUNDO SOBRE LA EFICACIA DE LAS “LLCs”

Una “LLC” contra una Corporación “Normal”:

La distinción primaria entre una “LLC” y una compañía “normal” como la “C” de EE.UU. o la “PLC” de Inglaterra es que la “LLC” es un vehículo de impuesto neutral porque está sujeta a impuesto como si fuera una asociación en vez de como a una corporación. De este modo, usando una “LLC” elimina impuesto a nivel corporativo. En este respecto, es algo así como una corporación “S” de EE.UU. o una “GmbH” de Alemania pero sin todas las restricciones y desventajas. Así que si la “LLC” no tiene obligación de pago de impuesto – entonces quién si? La obligación de pagar cualesquiera impuestos, que de lo contrario serían obligación de la “LLC”, pasa por encima de la “LLC” en sí y ata directamente a los miembros de la “LLC”. Los miembros de la “LLC” vienen a ser lo que los accionistas son de las compañías normales. Otras compañías, así como individuos o fideicomisos, pueden ser miembros de una “LLC”. No hay límites para la cantidad de miembros o las clases de miembros que una “LLC” pueda tener. Lo importante para recordar es que cada miembro sea responsable por su propia parte de cualquier obligación de impuesto en general de la “LLC” y que la “LLC” en sí no tenga obligaciones de impuestos.


“LLC” como una Alternativa de Fideicomiso:

Por la flexibilidad disponible en la estructuración administrativa de la “LLC” y por la manera favorable en que las leyes de Nevis son redactadas, las “LLCc” pueden ser también usadas como la alternativa del fideicomiso. El gerente de la “LLC” es afín al fideicomisario de un fideicomiso y los miembros son lo mismo que los beneficiarios de un fideicomiso. Sovereign Management Services pueden actuar como un gerente de una “LLC” de parte del cliente quien desea tomar ventaja de nuestros servicios de administración corporativa. Sustituyendo una “LLC” por un fideicomiso puede cambiar los requerimientos de reportar a los contribuyentes de las jurisdicciones domésticas. Muchos proveedores han abandonado el fideicomiso como el vehículo de planeamiento “offshore” porque los fideicomisos han venido a ser el blanco de la legislación doméstica y de las decisiones desfavorables de la corte (especialmente en los EE.UU.). Por ésto, muchos están ahora recomendando una “LLC” o una Fundación dependiendo de los requerimientos del cliente. El ingreso o ganancia de capital de una “LLC” no es reportable como el ingreso o ganancia del fideicomiso o el ingreso o la ganancia de la corporación pero es tratado como un ingreso o ganancia personal.


Empresas Multinacionales de Riesgos Mutuos:

Las “LLCc” son excelentes vehículos para la estructuración de convenios de empresas de riesgos mutuos entre participantes de proyectos de diferentes países. Esto es así porque la empresa puede gozar de todos los beneficios de incorporación, pero cada miembro es responsable por su propio impuesto en su propio país. Por otra parte, la flexibilidad de membresía permite diferentes empresas mutuas tener niveles diferentes de propiedad y recompensa basados en el valor que cada miembro constituyente traiga al proyecto. El único inconveniente es que antes de formar las “LLCs” para las empresas multinacionales de riesgos mutuos, los participantes deben verificar que la entidad híbrida consiga el requisito corporativo y pase por la categoría de asociación en las jurisdicciones en las que las empresas de riesgos mutuos están localizadas. El servicio profesional de un abogado local debe ser contratado.


Libre de Impuesto:

Todas las “LLCs” son libres de todas las formas de impuestos Nevisianos. No hay impuestos Nevisianos sobre dividendos, ingreso, distribución de capital, o salarios de ninguna clase. Además, contrario a muchas jurisdicciones domésticas, Nevis no impone impuestos a las ganancias acumuladas (pero no distribuidas) de una “LLC”.

Privacidad:

Todos los asuntos de la “LLC” son privados y no pueden ser divulgados excepto en circunstancias verdaderamente excepcionales como los ligados al terrorismo internacional. El único documento que necesita ser completado para el gobierno es la licencia corporativa anual y esta contiene información mínima. No hay reporte anual o ingresos financieros anuales que necesiten ser hechos para el gobierno. No hay inspección pública de los registros de su “LLC”. La confidencialidad es más allá aumentada si la “LLC” designa a nuestra compañía como el gerente y nosotros realizamos los deberes mínimos de la corporación requeridos en la ley Nevisiana.

Confidencialidad Aumentada:

Las leyes de la “LLC” Nevisiana contienen requerimientos relacionados a la confidencialidad incluyendo leyes estrictas de secreto financiero. Los requisitos legales estrictos conocidos como obligaciones fiduciarias también gobernarían el comportamiento de Sovereing Management Services como el gerente de una “LLC”. Estas obligaciones fiduciarias son impuestas a los gerentes por las estipulaciones internas de las “LLCs” y por la propia ley de las “LLCs” (usualmente la ley del país donde el gerente está localizado, ejemplo, Panamá). Muchos de estos requerimientos fiduciarios están relacionados al secreto y obligaciones contables que el gerente debe cumplir. La “LLC” Nevisiana y la ley Panameña previenen a nuestra compañía de discutir su negocio “LLC” con nadie con quien usted no nos haya instruido a hablar. Otras agencias del gobierno como la del Servicio de Renta Interna en los EE.UU., la de Canadá o la de Inglaterra no nos pueden forzar a discutir sus negocios con ellos a menos que ellos obtengan una orden de la corte contra usted o nosotros o ambos ordenándonos a suministrar información. Pero una orden de la corte de sus respectivas jurisdicciones es inútil en Nevis o Panamá. De acuerdo con la recia ley Nevisiana, un juicio fuera de Nevis no será reconocido por las cortes Nevisianas. Esto significa que si un juicio de un acreedor doméstico quien gana un juicio contra usted o su “LLC” en, por ejemplo, los EE.UU. o Alemania, no puede llevar ese fallo de EE.UU. o Alemania a Nevis y requerirle a la corte Nevisiana su implementación. Adicionalmente, a que no reconocen los fallos de otros países, la ley Nevisiana y las cortes Nevisianas no favorecen el otorgamiento de las órdenes de la corte contra las “LLCs” excepto por circunstancias verdaderamente excepcionales. La ley Nevisiana favorece mantener la independencia y aplicación de sus propias leyes en vez de la implementación de las extranjeras.





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